Promulgó la Reforma Fiscal... Ahora Danilo viene con una Amnistía Fiscal
El presidente Danilo Medina someterá el lunes al Congreso
Nacional un proyecto de Ley que dispone una amnistía fiscal a favor de los
contribuyentes con atrasos en el pago del Impuesto sobre la Renta, a las
Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios, sobre las Sucesiones, la
Propiedad Inmobiliaria, la transferencia inmobiliaria, a los activos aplicados
a la propiedad inmobiliaria y a los intereses, recargos y multas relativos a la
importación de mercancías.
El jefe del Estado dijo en una misiva remitida al presidente
del Senado, Reinaldo Pared Pérez, que con este proyecto se procura cumplir con
las disposiciones del Artículo 42 de la Ley de Reforma Fiscal numero 253-12,
del 9 de este mes, que al modificar el artículo 268 del Código Tributario, establece
en el párrafo transitorio una Amnistía Tributaria para la regulación de los
incrementos patrimoniales no justificados... Más...
Resalta que asimismo, se avanza en el sentido de lograr un
pacto fiscal, conforme a las directrices de la Ley 1-12, del 25 de enero de
este año, sobre la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. Dijo confiar que
dado el interés social que lo anima, el proyecto sea debidamente acogido y
aprobado por los congresistas, consigna una nota de la Dirección de Comunicación de la Presidencia.
En el proyecto, el gobernante señala que como establece la
Estrategia Nacional de Desarrollo, se requiere que las fuerzas políticas,
económicas y sociales arriben a un pacto fiscal orientado a financiar el
desarrollo sostenible y garantizar la sostenibilidad fiscal a largo plazo,
mediante el apoyo sostenido de un proceso de reestructuración integral.
Sostiene que, de conformidad con el Párrafo del artículo 36
de la citada pieza legislativa, el pacto fiscal implica la tarea de realzar la
eficiencia, transparencia y equidad de la estructura tributaria y elevar la
presión tributaria para viabilizar el logro de los objetivos de desarrollo que
se han formulado.
Según el mandatario, la Reforma Fiscal de reciente
aprobación y promulgación redimensionó la presión tributaria en la República
Dominicana, lo cual ofrece la oportunidad de crear mecanismos que aumenten la
capacidad recaudadora del Estado...
Toma en consideración en el proyecto de ley que “el
principio de transparencia constituye un pilar del Sistema Tributario Nacional,
para lo cual deviene en urgente necesidad la creación de las condiciones para
que el espectro de contribuyentes en la República Dominicana sincere sus
ingresos y operaciones, incluidas las de importaciones, a través de la
concesión de una amnistía tributaria”.
En los casos de la amnistía de los impuestos adeudados por
concepto del ITBIS y el Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes que deseen
acogerse al beneficio deberán formalizar
su solicitud ante la Administración Local correspondiente o a la sede de la Dirección General de
Impuestos Internos a más tardar 60 días después de la entrada en vigencia la
ley.
En el caso del ITBIS asociado a las importaciones, la
solicitud deberá hacerse por ante la Dirección General de Aduanas.
El artículo 6 del proyecto del presidente Medina dispone que
los contribuyentes que hayan incumplido su deber formal de declaración del
ITBIS y/o el Impuesto sobre la Renta de los años no prescritos hasta el 2011
inclusive, podrán acogerse a la amnistía, aunque deberá presentar la
declaración jurada del Impuesto sobre la Renta correspondiente al año fiscal 2011
y las declaraciones juradas del ITBIS correspondientes a los periodos hasta el
2011 inclusive, pagando únicamente los impuestos derivados de dichas
presentaciones, eximidos de los correspondientes intereses y recargos.
El mismo plazo aplica en la amnistía para los incrementos
patrimoniales no justificados, otorgando a la Dirección General de Impuestos
Internos la facultad para aplicar las medidas necesarias para el cumplimiento
de esta disposición.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)


0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada